Normativa sobre el uso de pertardos por menores

Este año la normativa de los petardos de la que venía hablandose durante varios años ya es efectiva. Los menores de 8 años no podrán tirar petardos y los comprendidos entre 8 y 17 años tendrán que tener una autorización paterna. Las con sanciones pueden llegar hasta los 300 euros.

 

Así, finalmente solo podrán lanzar artificios de tipo 1 (bombetas, minibombetas o ruedas de estelas, entre otros) los niños de 8 a 10 años, mientras que los de tipo 2 (trueno de mecha, chinos, correcamas, entre otros) solo podrán ser usados por los mayores de 10 años.

 

Además los niños de 8 a 17 años, sólo podrán tirar petardos en presencia de sus padres, los cuales deberán llevar siempre en el bolsillo una autorización para que sus hijos puedan tirar dichos petardos. 

 

En este link podeis descargar la autorización de la página web de la Consellería de Gobernación:

http://www.gov.gva.es/lrportal/c/document_library/get_file?uuid=af79e994-8346-407f-a86b-4223695ead75&groupId=19786

 

Normativa sobre el uso de pertardos por menores

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